Aseguramiento de la calidad

La LOES, en su Art. 93, conceptualiza a la calidad como “la búsqueda continua, auto-reflexiva del mejoramiento, aseguramiento y construcción colectiva de la cultura de la calidad educativa superior con la participación de todos los estamentos de las instituciones de educación superior y el Sistema de Educación Superior”.

En su Art. 96, la misma LOES indica que “El aseguramiento interno de la calidad es un conjunto de acciones que llevan a cabo las instituciones de educación superior, con la finalidad de desarrollar y aplicar políticas efectivas para promover el desarrollo constante de la calidad de las carreras, programas académicos; en coordinación con otros actores del Sistema de Educación Superior”.

El Reglamento de Evaluación Externa con fines de Acreditación de Universidades y Escuela Politécnicas, aprobado por CACES, en su Artículo 32 señala lo siguiente: “…. De los planes de aseguramiento de la calidad de las UEP.- Las universidades y escuelas politécnicas acreditadas elaborarán un plan de aseguramiento de la calidad, tomando como insumo el informe de evaluación externa. El plan de aseguramiento de la calidad incluirá al menos objetivos, metas, indicadores, medios de verificación, acciones, presupuesto y cronograma, y será remitido al CACES en un plazo máximo de tres meses posteriores a su notificación de acreditación. La ejecución del plan de aseguramiento de la calidad deberá constar en la planificación de la institución…”

El Reglamento de Evaluación Interna y Aseguramiento de la Calidad de la UTEQ en su Art.15 señala:

“…La planificación y coordinación de los procesos de autoevaluación y evaluación institucional es responsabilidad de la Comisión de Evaluación Interna y Aseguramiento de la Calidad. Todo proceso de evaluación y autoevaluación tiene como uno de sus fines el mejoramiento continuo en búsqueda de la excelencia; por ello estos procesos derivarán de la formulación y ejecución de un plan de mejoramiento continuo, en el que se definirán responsabilidades y cronogramas…”.

La Resolución No. 169-SE-33-CACES-2020 del 25 de octubre de 2020, en su Artículo 3, señala lo siguiente:

“Disponer a la UNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO remita su plan de aseguramiento de la calidad, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de evaluación externa con fines de acreditación de universidades y escuelas politécnicas, en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la notificación de la presente Resolución”.

En este contexto, la Comisión General de Evaluación Interna y Aseguramiento de la Calidad, tiene bajo su responsabilidad la elaboración, monitorización y el control del cumplimiento de las actividades contempladas en el Plan de Aseguramiento de la Calidad de la UTEQ.

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