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REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INFORMATICA

[ Capítulo I ] [ Capítulo II ] [ Capítulo III ] [ Capítulo IV ] [ Capítulo V ] [ Capítulo VI ] [ Capítulo VII ] [ Capítulo VIII ] [ Capítulo IX ] [ Capítulo X ]

CONSIDERANDO

Que el Instituto de Informática de la UTEQ es un producto del desarrollo que experimenta la Universidad Técnica Estatal de Quevedo, para hacer de la informática, computación,  telecomunicaciones, sistemas de información  e incubación de empresas, parte integral de las actividades de la comunidad.

 

Que corresponde al Instituto proporcionar los servicios informáticos a la UTEQ y aportar con su tecnología y servicios a la comunidad, cubriendo las necesidades en esta materia como apoyo a las funciones de la universidad.

 

Que es fundamental la realización de actividades de extensión con el propósito de difundir y promover los servicios del área de cómputo e informática, y fomentar su aplicación en la investigación.

 

Que es necesario integrar sistemas de información, tanto en el aspecto bibliográfico, documental, informático, geográfico y audiovisual, suficientes en cantidad y calidad, que corresponden a las necesidades formativas, informativas y de investigación de la comunidad universitaria.

 

Que corresponde al Instituto investigar y adoptar nuevas tecnologías, y a través de la estructura administrativa brindar servicios innovadores acorde con el avance tecnológico.

 

Por lo anterior y a efecto de organizar adecuadamente la prestación de los servicios que conciernen a la actividad informática, computación, telecomunicaciones y de incubación de empresas  se establece la siguiente reglamentación.

 

El HCU en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Aprobar el reglamento del Instituto de Informática.

 

CAPITULO I

DE SU CONSTITUCIÓN Y DOMICILIO

 

Art. 1.     En la ciudad de Quevedo, provincia de Los Ríos. Se crea por iniciativa de las autoridades y de docentes de la UTEQ el Instituto de Informática, con SEDE EN EL CAMPUS universitario de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo.

 

Art. 2.     El Instituto de Informática es una dependencia del Área Académica con fines de Autogestión, descentralizada, para  la producción de bienes y servicios  y no podrá ser utilizada con fines políticos, religiosos y de ninguna otra índole que no sean los antes indicados.

 

Art. 3.     El Instituto de Informática es una Unidad del Nivel Operativo de la Universidad encargada de la prestación de servicios y de Gestión del área de la Informática y de las Telecomunicaciones que ejecutará programas, planes y proyectos institucionales dentro del ámbito de sus competencias

 

 

CAPITULO II

DE SUS OBJETIVOS Y FINES

 

Art. 4.     Son objetivos del Instituto de Informática:

 

a.       Promover la automatización de los procesos de la UTEQ y su entorno, y la utilización de tecnología de punta

 

b.       Fomentar el uso de tecnologías de la información, redes y comunicaciones en el desarrollo de la UTEQ y su entorno.

 

c.       Propiciar la vinculación  de la UTEQ , con instituciones públicas y privadas, a fin de facilitar la cooperación en la generación de bienes y servicios de beneficio mutuo.

 

d.       Coordinar con las unidades Académicas el proceso de enseñanza aprendizaje del sistema de estudios de niveles de Computación como prerrequisitos de los programas carrera de la UTEQ.

 

e.       Promover y auspiciar la formación complementaria a los estudiantes de la UTEQ y a la ciudadanía en general, mediante generación de cursos, seminarios actualizados y prestación de servicios.

 

f.         Proyectar y desarrollar la Incubadora de Empresas con Base Tecnológica como aporte al desarrollo de la UTEQ , de la provincia y del País en general.

 

g.       Impulsar la imagen institucional y corporativa de la UTEQ y de las empresas que lo requieran mediante tecnología de punta.

 

h.       Gestionar y ejecutar proyectos de desarrollo tecnológico en áreas prioritarias de la UTEQ y su entorno.

 

i.         Fomentar el desarrollo tecnológico en diseño gráfico, multimedia y servicios relacionados.

 

j.         Promover y auspiciar la Investigación informática en las áreas Agropecuaria, Ambiental y Empresarial.

 

Art. 5.     Son fines del Instituto de Informática:

 

a.       Optimizar y automatizar con tecnología de punta todos los procesos que se ejecutan en la UTEQ y las empresas que lo requieran.

 

b.       Lograr que los usuarios internos y externos conozcan y utilicen las tecnologías de la Información y de redes y comunicaciones.

 

c.       Realizar actividades de vinculación realizando proyectos conjuntos con instituciones del medio.

 

d.       Lograr la formación complementaria de los estudiantes de la UTEQ y la ciudadanía en general.

 

e.       Lograr la implantación de la Incubadora de empresas con base tecnológica en la UTEQ , y desarrollar programas de vinculación a la misma.

 

f.         Generar una fuente de autogestión permanente a través de la producción de bienes y servicios para contribuir al desarrollo de la UTEQ.

 

g.       Colaborar con el ordenamiento territorial y ambiental conjuntamente con las instituciones involucradas.

 

 

CAPÍTULO III

 

DE LA ORGANIZACIÓN

 

Art. 6.     El Instituto de Informática para el cumplimiento de sus funciones, está organizado en cinco partes que son:

 

a.       Cumbre Estratégica

 

b.       Línea media  

 

c.       Núcleo Operativo

 

d.       Tecno-Estructura; y,

 

e.       Staff de Apoyo.

 

DE LA CUMBRE ESTRATEGICA

 

Art. 7.     Constituye el primer nivel de autoridad y tiene la responsabilidad general de la organización y la conforma el Consejo Informático.

 

Art. 8.     El Consejo Informático está conformado por su Presidente que será el Vicerrector, un representante de cada Unidad Académica, el Director de la Unidad de Dirección y Comercialización, el Director de la Unidad de Investigación Científica y Tecnológica, el Director del DETTEC y el Director del Instituto de Informática que actuará en calidad de secretario ejecutivo.

 

Art. 9.     El representante de cada una de las unidades académicas debe tener nombramiento en la institución y que cumpla labores que estén relacionados con el área de informática.

 

 
DE LA LINEA MEDIA

 

Art. 10.         Es el segundo nivel de autoridad.   La cumbre Estratégica está unida al núcleo operativo por la línea media, quien tiene autoridad formal.   A éste nivel le corresponde el Director del Instituto de Informática.

 

 
DEL NUCLEO OPERATIVO

 

Art. 11.  Es el Tercer Nivel de Autoridad, son las encargadas del trabajo básico relacionado con la elaboración de productos y servicios de la institución, como los que contrate a través de su programa de vinculación con el entorno. Está constituido por:

 

 

a.       Asistente de Dirección

 

b.       Un Contador(a)

 

c.       Sección de Diseño y Desarrollo de Sistemas


d.       Sección Diseño Gráfico y Multimedia.

 

e.       Sección de Redes y Comunicaciones

 

f.         Sección de Laboratorios y Capacitación Informática

 

g.       Sección de Investigación Informática para el Ordenamiento Territorial y Ambiental (INFOTERRA).

 

h.       Sección de Soporte Técnico

 

i.         Sección de Incubadora de Empresas con Base Tecnológica.

 

 

Cada sección está integrada por su Coordinador y su personal de apoyo.

 

 

DE LA TECNOESTRUCTURA
 

Art. 12.  Está constituida por el Comité Técnico Informático.

 

Art. 13.  El Comité Técnico Informático está conformado por su Presidente, representado por el Director del Instituto de Informática y los Coordinadores de Secciones.

 

 

DEL STAFF DE APOYO

 

Art. 14.  Lo constituyen dependencias que están ligadas con el apoyo general de la universidad: como la Editorial Universitaria , Unidades de Investigación, Unidades de Planeamiento Académico,  DETTEC, Relaciones Públicas, Dirección de Producción y Comercialización, entre otras.

 

 

CAPÍTULO IV

 

 DEL CONSEJO INFORMÁTICO

 

 

DE SUS OBJETIVOS

 

Art. 15.  Establecer políticas y normas para ejecutar las actividades informáticas, de telecomunicaciones, investigación y empresariales de la UTEQ.

 

 

DE SUS FUNCIONES

 

a.       Solicitar al H.C.U. la Aprobación de planes de capacitación del Personal del I.I.

 

b.       Evaluar la ejecución del Plan de Desarrollo Estratégico Informático de la UTEQ.

 

c.       Establecer políticas y normas para la ejecución de actividades de vinculación con el sector productivo.

 

d.       Normar las actividades informáticas y de telecomunicaciones que hará ejecutar la dirección.

 

e.       Establecer políticas que permitan optimizar recursos y crear un buen ambiente de trabajo.

 

f.         Analizar y aprobar el Plan de Desarrollo Estratégico y el Plan Operativo Anual del Instituto de Informática, elaborado por el Comité Técnico y entregado a través del Director.

 

g.       Evaluar el cumplimiento del Plan Operativo y el Plan de Desarrollo Estratégico Informático.

 

h.       Asesorar en la elaboración del Plan Estratégico de la UTEQ.

 

i.         Mantener reuniones bimestrales.

 

j.         Solicitar al H.C.U. contratos y nombramientos para el personal del Instituto de Informática.

 

k.       Designar a los Coordinadores de Sección de la terna que presente el Director.

 

 

 

CAPÍTULO V

 

DEL COMITÉ TÉCNICO INFORMÁTICO

 

DE SU OBJETIVO

 

Art. 16.  Planificar, organizar, apoyar, supervisar y evaluar, el Plan Estratégico Informático de la Institución y el Plan Operativo Anual Informático del Instituto.

 

 

 

DE SUS FUNCIONES

 

a.       Planificar las actividades anuales, semestrales y mensuales del Instituto a través de las diferentes propuestas realizadas por los Coordinadores de Sección.

 

b.       Organizar las actividades inherentes del Instituto.

 

c.       Recibir informes de los diferentes proyectos en ejecución.

 

d.       Dar solución a los problemas concernientes al área  informática.

 

 

CAPÍTULO VI

 

DE SUS SECCIONES

 

Art. 17.  El Instituto está formado por las Secciones de Diseño y Desarrollo de Sistemas, Redes y Comunicaciones, Diseño Gráfico y Multimedia,  Laboratorios y Capacitación Informática, Investigación Informática para el Ordenamiento Territorial y Ambiental, Soporte Técnico, Incubadora de empresas y las que se crearen en el futuro.

 

Art. 18.  Cada una de las Secciones estará dirigida por un Coordinador y conformada por personal operativo, de desarrollo e investigación.

 

 

SECCION DE DISEÑO Y DESARROLLO DE SISTEMAS.

 

DE SU OBJETIVO.

  

Art. 19.  Impulsar el avance tecnológico y las ventajas competitivas de la UTEQ y de las empresas que la requieran mediante la reingeniería de procesos, el desarrollo de sistemas, asesoría en adquisición de sistemas y auditoria informática, previo análisis del PDEI y de los requerimientos de los usuarios finales

 

DE SU CONFORMACION.

 

Art. 20.  Esta sección estará conformada por un Coordinador, Ingenieros de Sistemas, Asistentes de Ingeniería, Programadores, Analistas, y los que se requieran para el desarrollo de sus actividades.

 

 

 

DE SUS FUNCIONES

 

a.       Realizar estudios de las necesidades de sistemas en las diferentes dependencias, con la finalidad de incluirlos dentro de un PDEI y presentarlo a la dirección para su aprobación y ejecución.

 

b.       Desarrollar los sistemas contemplados en el PDEI, en coordinación con los usuarios y las áreas de apoyo como comunicaciones, mantenimiento y diseño gráfico.

 

c.       Brindar mantenimiento de los sistemas que el área ha desarrollado.

 

d.       Dirigir los proyectos de desarrollo de sistemas para la UTEQ que se realicen a través de los estudiantes de Informática.

 

e.       Atender solicitudes de problemas con los sistemas de aplicación que hiciera una dependencia de acuerdo a prioridades.

 

f.         Evaluar las plataformas de desarrollo y aplicaciones previa adquisición.

 

g.       Desarrollar los Estándares y Procedimientos de las actividades informáticas del Área.

 

h.       Sustentar proyectos de vinculación con el entorno sobre desarrollo de sistemas.

 

i.         Evaluar la calidad de los sistemas desarrollados o adquiridos y la fiabilidad de la información mediante auditorias informáticas.

 

 

SECCION DE DISEÑO GRAFICO Y MULTIMEDIA

 

DE SU OBJETIVO

 

Art. 21.  Impulsar el desarrollo de nuevas tecnologías gráficas y multimediales como apoyo al crecimiento de la imagen de la UTEQ y del entorno, con creatividad, innovación  y calidad.

 

 

DE SU CONFORMACION.

 

Art. 22.  Esta sección estará conformada por un Coordinador, Diseñadores Gráficos, Asistentes de Diseño, Programadores y los que se requieran para el desarrollo de sus actividades.

DE SUS FUNCIONES

 

a.       Diseñar, actualizar y mantener el sitio WEB de la UTEQ y de los que se contrate con el entorno.

 

b.       Brindar servicios de elaboración de documentos de identificación a la comunidad de la UTEQ y de su entorno.

 

c.       Desarrollar diseño gráfico publicitario, y de imagen corporativa en la UTEQ y del entorno.

 

d.       Crear proyectos multimediales.

 

e.       Crear y mantener un banco de información multimedia de la UTEQ.

 

f.         Brindar servicios varios de fotografía digital. 

 

 

 

SECCION DE REDES Y COMUNICACIONES

 

DE SU OBJETIVO

 

Art. 23.  Analizar, diseñar, implementar y brindar mantenimiento a los sistemas de redes y comunicaciones de la universidad y los que contrate a través de su programa de vinculación con el entorno. 

 

 

DE SU CONFORMACION.

 

Art. 24.  Esta sección estará conformada por un Coordinador, Asistentes de Redes y Comunicaciones, Asistentes de Computación, Técnicos de  Asistentes de Ingeniería, y los que se requieran para el desarrollo de sus actividades.

 

 

DE SUS FUNCIONES

 

a.       Realizar las actividades contempladas en el Plan Estratégico Informático en coordinación con los usuarios y las áreas de apoyo como Mantenimiento, Diseño Gráfico y Desarrollo de Sistemas.

 

b.       Brindar mantenimiento de las redes existentes en la UTEQ.

 

c.       Dirigir los proyectos de Redes para la UTEQ que se realicen a través de estudiantes de Informática y Redes y Comunicaciones.

 

d.       Investigar y promover cambios tecnológicos en Redes y Comunicación en la UTEQ y los que contrate en su entorno.

 

e.       Desarrollar proyectos de vinculación en el área de redes y conectividad con la comunidad.