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REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INFORMATICA
[ Capítulo I ] [ Capítulo II ] [ Capítulo III ] [ Capítulo IV ] [ Capítulo V ] [ Capítulo VI ] [ Capítulo VII ] [ Capítulo VIII ] [ Capítulo IX ] [ Capítulo X ]
CONSIDERANDO
Que el Instituto de Informática de
la UTEQ
es un producto del
desarrollo que experimenta
la Universidad Técnica
Estatal de Quevedo, para
hacer de la informática, computación, telecomunicaciones, sistemas de información e incubación de empresas, parte integral de
las actividades de la comunidad.
Que corresponde al Instituto
proporcionar los servicios informáticos a
la UTEQ
y aportar con su tecnología y servicios a la
comunidad, cubriendo las necesidades en esta materia como apoyo a las funciones
de la universidad.
Que es fundamental la realización de
actividades de extensión con el propósito de difundir y promover los servicios
del área de cómputo e informática, y fomentar su aplicación en la investigación.
Que es necesario integrar sistemas
de información, tanto en el aspecto bibliográfico, documental, informático,
geográfico y audiovisual, suficientes en cantidad y calidad, que corresponden a
las necesidades formativas, informativas y de investigación de la comunidad
universitaria.
Que corresponde al Instituto
investigar y adoptar nuevas tecnologías, y a través de la estructura
administrativa brindar servicios innovadores acorde con el avance tecnológico.
Por lo anterior y a efecto de
organizar adecuadamente la prestación de los servicios que conciernen a la
actividad informática, computación, telecomunicaciones y de incubación de
empresas se establece la siguiente
reglamentación.
El HCU en uso de sus atribuciones,
RESUELVE: Aprobar el reglamento del Instituto de Informática.
CAPITULO I
DE SU CONSTITUCIÓN Y DOMICILIO
Art. 1.
En
la ciudad de Quevedo, provincia de Los Ríos. Se crea por iniciativa de las
autoridades y de docentes de
la
UTEQ
el Instituto de Informática, con SEDE EN EL CAMPUS
universitario de
la Universidad Técnica
Estatal de Quevedo.
Art. 2.
El
Instituto de Informática es una dependencia del Área Académica con fines de
Autogestión, descentralizada, para la
producción de bienes y servicios y no
podrá ser utilizada con fines políticos, religiosos y de ninguna otra índole
que no sean los antes indicados.
Art. 3.
El
Instituto de Informática es una Unidad del Nivel Operativo de
la Universidad
encargada
de la prestación de servicios y de Gestión del área de
la Informática
y
de las Telecomunicaciones que ejecutará programas, planes y proyectos
institucionales dentro del ámbito de sus competencias
CAPITULO II
DE SUS OBJETIVOS Y FINES
Art. 4.
Son
objetivos del Instituto de Informática:
a.
Promover
la automatización de los procesos de
la
UTEQ
y su entorno, y la utilización de tecnología de punta
b.
Fomentar
el uso de tecnologías de la información, redes y comunicaciones en el
desarrollo de
la UTEQ
y su entorno.
c.
Propiciar
la vinculación de
la UTEQ
, con instituciones
públicas y privadas, a fin de facilitar la cooperación en la generación de
bienes y servicios de beneficio mutuo.
d.
Coordinar
con las unidades Académicas el proceso de enseñanza aprendizaje del sistema de
estudios de niveles de Computación como prerrequisitos de los programas carrera
de
la UTEQ.
e.
Promover
y auspiciar la formación complementaria a los estudiantes de
la UTEQ
y a la ciudadanía en
general, mediante generación de cursos, seminarios actualizados y prestación de
servicios.
f.
Proyectar
y desarrollar
la Incubadora
de Empresas con Base Tecnológica como aporte al desarrollo de
la UTEQ
, de la provincia y del
País en general.
g.
Impulsar
la imagen institucional y corporativa de
la UTEQ
y de las empresas que lo requieran mediante
tecnología de punta.
h.
Gestionar
y ejecutar proyectos de desarrollo tecnológico en áreas prioritarias de
la UTEQ
y su entorno.
i.
Fomentar
el desarrollo tecnológico en diseño gráfico, multimedia y servicios
relacionados.
j.
Promover
y auspiciar
la
Investigación
informática en las áreas Agropecuaria,
Ambiental y Empresarial.
Art. 5.
Son
fines del Instituto de Informática:
a.
Optimizar
y automatizar con tecnología de punta todos los procesos que se ejecutan en
la UTEQ
y las empresas que lo
requieran.
b.
Lograr
que los usuarios internos y externos conozcan y utilicen las tecnologías de
la Información
y
de redes y comunicaciones.
c.
Realizar
actividades de vinculación realizando proyectos conjuntos con instituciones del
medio.
d.
Lograr
la formación complementaria de los estudiantes de
la UTEQ
y la ciudadanía en
general.
e.
Lograr
la implantación de
la
Incubadora
de empresas con base tecnológica en
la UTEQ
, y desarrollar programas
de vinculación a la misma.
f.
Generar
una fuente de autogestión permanente a través de la producción de bienes y
servicios para contribuir al desarrollo de
la UTEQ.
g.
Colaborar
con el ordenamiento territorial y ambiental conjuntamente con las instituciones
involucradas.
CAPÍTULO III
DE
LA ORGANIZACIÓN
Art. 6.
El Instituto de Informática para el
cumplimiento de sus funciones, está organizado en cinco partes que son:
a.
Cumbre Estratégica
b.
Línea media
c.
Núcleo Operativo
d.
Tecno-Estructura; y,
e.
Staff de Apoyo.
DE
LA CUMBRE ESTRATEGICA
Art. 7.
Constituye
el primer nivel de autoridad y tiene la responsabilidad general de la
organización y la conforma el Consejo Informático.
Art. 8.
El
Consejo Informático está conformado por su Presidente que será el Vicerrector,
un representante de cada Unidad Académica, el Director de
la Unidad
de Dirección y
Comercialización, el Director de
la
Unidad
de Investigación Científica y Tecnológica, el Director
del DETTEC y el Director del Instituto de Informática que actuará en calidad de
secretario ejecutivo.
Art. 9.
El
representante de cada una de las unidades académicas debe tener nombramiento en
la institución y que cumpla labores que estén relacionados con el área de
informática.
DE
LA LINEA MEDIA
Art. 10.
Es
el segundo nivel de autoridad. La
cumbre Estratégica está unida al núcleo operativo por la línea media, quien
tiene autoridad formal. A éste nivel le
corresponde el Director del Instituto de Informática.
DEL NUCLEO OPERATIVO
Art. 11.
Es el Tercer Nivel de Autoridad, son
las encargadas del trabajo básico relacionado con la elaboración de productos y
servicios de la institución, como los que contrate a través de su programa de
vinculación con el entorno. Está constituido por:
a.
Asistente
de Dirección
b.
Un
Contador(a)
c.
Sección
de Diseño y Desarrollo de Sistemas
d.
Sección
Diseño Gráfico y Multimedia.
e.
Sección
de Redes y Comunicaciones
f.
Sección
de Laboratorios y Capacitación Informática
g.
Sección
de Investigación Informática para el Ordenamiento Territorial y Ambiental
(INFOTERRA).
h.
Sección
de Soporte Técnico
i.
Sección
de Incubadora de Empresas con Base Tecnológica.
Cada sección está integrada por su
Coordinador y su personal de apoyo.
DE
LA TECNOESTRUCTURA
Art. 12.
Está constituida por el Comité
Técnico Informático.
Art. 13.
El Comité Técnico Informático está
conformado por su Presidente, representado por el Director del Instituto de
Informática y los Coordinadores de Secciones.
DEL STAFF DE APOYO
Art. 14.
Lo constituyen dependencias que
están ligadas con el apoyo general de la universidad: como
la Editorial Universitaria
,
Unidades de Investigación, Unidades de Planeamiento Académico, DETTEC, Relaciones Públicas, Dirección de
Producción y Comercialización, entre otras.
CAPÍTULO IV
DEL CONSEJO INFORMÁTICO
DE SUS OBJETIVOS
Art. 15.
Establecer políticas y normas para
ejecutar las actividades informáticas, de telecomunicaciones, investigación y
empresariales de
la UTEQ.
DE SUS FUNCIONES
a.
Solicitar
al H.C.U.
la
Aprobación
de planes de capacitación del Personal del I.I.
b.
Evaluar
la ejecución del Plan de Desarrollo Estratégico Informático de
la UTEQ.
c.
Establecer
políticas y normas para la ejecución de actividades de vinculación con el
sector productivo.
d.
Normar
las actividades informáticas y de telecomunicaciones que hará ejecutar la
dirección.
e.
Establecer
políticas que permitan optimizar recursos y crear un buen ambiente de trabajo.
f.
Analizar
y aprobar el Plan de Desarrollo Estratégico y el Plan Operativo Anual del
Instituto de Informática, elaborado por el Comité Técnico y entregado a través
del Director.
g.
Evaluar
el cumplimiento del Plan Operativo y el Plan de Desarrollo Estratégico
Informático.
h.
Asesorar
en la elaboración del Plan Estratégico de
la UTEQ.
i.
Mantener
reuniones bimestrales.
j.
Solicitar
al H.C.U. contratos y nombramientos para el personal del Instituto de
Informática.
k.
Designar
a los Coordinadores de Sección de la terna que presente el Director.
CAPÍTULO
V
DEL COMITÉ TÉCNICO INFORMÁTICO
DE
SU OBJETIVO
Art. 16.
Planificar, organizar, apoyar,
supervisar y evaluar, el Plan Estratégico Informático de
la Institución
y
el Plan Operativo Anual Informático del Instituto.
DE
SUS FUNCIONES
a.
Planificar
las actividades anuales, semestrales y mensuales del Instituto a través de las
diferentes propuestas realizadas por los Coordinadores de Sección.
b.
Organizar
las actividades inherentes del Instituto.
c.
Recibir
informes de los diferentes proyectos en ejecución.
d.
Dar
solución a los problemas concernientes al área informática.
CAPÍTULO
VI
DE SUS SECCIONES
Art. 17.
El Instituto está formado por las
Secciones de Diseño y Desarrollo de Sistemas, Redes y Comunicaciones, Diseño
Gráfico y Multimedia, Laboratorios y
Capacitación Informática, Investigación Informática para el Ordenamiento
Territorial y Ambiental, Soporte Técnico, Incubadora de empresas y las que se
crearen en el futuro.
Art. 18.
Cada una de las Secciones estará
dirigida por un Coordinador y conformada por personal operativo, de desarrollo
e investigación.
SECCION
DE DISEÑO Y DESARROLLO DE SISTEMAS.
DE
SU OBJETIVO.
Art. 19.
Impulsar el avance tecnológico y las
ventajas competitivas de
la UTEQ
y de las empresas que la requieran mediante la reingeniería de procesos, el
desarrollo de sistemas, asesoría en adquisición de sistemas y auditoria
informática, previo análisis del PDEI y de los requerimientos de los usuarios
finales
DE
SU CONFORMACION.
Art. 20.
Esta sección estará conformada por
un Coordinador, Ingenieros de Sistemas, Asistentes de Ingeniería,
Programadores, Analistas, y los que se requieran para el desarrollo de sus
actividades.
DE
SUS FUNCIONES
a.
Realizar
estudios de las necesidades de sistemas en las diferentes dependencias, con la
finalidad de incluirlos dentro de un PDEI y presentarlo a la dirección para su
aprobación y ejecución.
b.
Desarrollar
los sistemas contemplados en el PDEI, en coordinación con los usuarios y las
áreas de apoyo como comunicaciones, mantenimiento y diseño gráfico.
c.
Brindar
mantenimiento de los sistemas que el área ha desarrollado.
d.
Dirigir
los proyectos de desarrollo de sistemas para
la UTEQ
que se realicen a través de los estudiantes
de Informática.
e.
Atender
solicitudes de problemas con los sistemas de aplicación que hiciera una
dependencia de acuerdo a prioridades.
f.
Evaluar
las plataformas de desarrollo y aplicaciones previa adquisición.
g.
Desarrollar
los Estándares y Procedimientos de las actividades informáticas del Área.
h.
Sustentar
proyectos de vinculación con el entorno sobre desarrollo de sistemas.
i.
Evaluar
la calidad de los sistemas desarrollados o adquiridos y la fiabilidad de la
información mediante auditorias informáticas.
SECCION DE DISEÑO
GRAFICO Y MULTIMEDIA
DE SU OBJETIVO
Art. 21.
Impulsar el desarrollo de nuevas
tecnologías gráficas y multimediales como apoyo al crecimiento de la imagen de
la UTEQ
y del entorno, con
creatividad, innovación y calidad.
DE
SU CONFORMACION.
Art. 22.
Esta sección estará conformada por
un Coordinador, Diseñadores Gráficos, Asistentes de Diseño, Programadores y los
que se requieran para el desarrollo de sus actividades.
DE SUS FUNCIONES
a.
Diseñar,
actualizar y mantener el sitio WEB de
la UTEQ
y de los que se contrate con el entorno.
b.
Brindar
servicios de elaboración de documentos de identificación a la comunidad de
la UTEQ
y de su entorno.
c.
Desarrollar
diseño gráfico publicitario, y de imagen corporativa en
la UTEQ
y del entorno.
d.
Crear
proyectos multimediales.
e.
Crear
y mantener un banco de información multimedia de
la UTEQ.
f.
Brindar
servicios varios de fotografía digital.
SECCION DE REDES Y
COMUNICACIONES
DE SU OBJETIVO
Art. 23.
Analizar, diseñar, implementar y
brindar mantenimiento a los sistemas de redes y comunicaciones de la
universidad y los que contrate a través de su programa de vinculación con el
entorno.
DE
SU CONFORMACION.
Art. 24.
Esta sección estará conformada por
un Coordinador, Asistentes de Redes y Comunicaciones, Asistentes de Computación,
Técnicos de Asistentes de Ingeniería, y
los que se requieran para el desarrollo de sus actividades.
DE SUS FUNCIONES
a.
Realizar
las actividades contempladas en el Plan Estratégico Informático en coordinación
con los usuarios y las áreas de apoyo como Mantenimiento, Diseño Gráfico y
Desarrollo de Sistemas.
b.
Brindar
mantenimiento de las redes existentes en
la UTEQ.
c.
Dirigir
los proyectos de Redes para
la
UTEQ
que se realicen a través de estudiantes de Informática y
Redes y Comunicaciones.
d.
Investigar
y promover cambios tecnológicos en Redes y Comunicación en
la UTEQ
y los que contrate en su
entorno.
e.
Desarrollar
proyectos de vinculación en el área de redes y conectividad con la comunidad.
f.
Desarrollar
los Estándares y Procedimientos de las actividades informáticas de
la Sección.
SECCION DE
LABORATORIOS Y CAPACITACION INFORMATICA
DE SU OBJETIVO
Art. 25.
Desarrollar servicios de
capacitación en informática, en las áreas académica, de investigación,
administrativas de la institución y de la comunidad con criterios de calidad,
eficiencia y seguridad, preparando a sus clientes capaces de dominar y
adaptarse a las nuevas tecnologías.
DE
SU CONFORMACION.
Art. 26.
Esta sección estará conformada por
un Coordinador, Asistentes de
Computación, Auxiliares de Computación y los que se requieran para el
desarrollo de sus actividades.
DE SUS FUNCIONES
a.
Desarrollar
los Estándares y Procedimientos de las actividades informáticas de su sección
de acuerdo con el Plan de Desarrollo Informático de la universidad y Plan
Operativo del Instituto.
b.
Organizar,
promocionar y coordinar el dictado de los Módulos de Computación dirigidos a
los estudiantes.
c.
Planificar
y ejecutar programas de servicio a la comunidad, Académicas y Técnicas.
d.
Brindará
alquiler de equipos informáticos a la comunidad en general.
e.
Mantener
actualizada la base de datos de usuarios y eventos realizados en el área.
SECCION DE
INVESTIGACIÓN INFORMÁTICA PARA EL ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y AMBIENTAL (INFOTERRA)
DE SU OBJETIVO
Art. 27.
Impulsar y apoyar el desarrollo
sustentable del país a través de la investigación informática para el
ordenamiento territorial y Ambiental mediante la aplicación de Sistemas de
Información Geográfica (SIG) y nuevas tecnologías, sirviendo de soporte al
proceso académico y las actividades profesionales relacionadas con el manejo
del espacio.
DE
SU CONFORMACION.
Art. 28.
Esta sección estará conformada por
un Coordinador, Ingenieros de SIG, Técnicos de Cartografía, Asistentes de
Computación, Programadores de Aplicaciones SIG, Proyectistas, y los que se
requieran para el desarrollo de sus actividades.
DE SUS FUNCIONES
a.
Crear
y Mantener actualizado el banco de datos digital de los recursos biofísicos y
catastrales de la provincia de Los Ríos y de los que se requieran.
b.
Desarrollará
los Estándares y Procedimientos de las actividades informáticas de su sección
de acuerdo con el Plan de Desarrollo Informático de la universidad y Plan
Operativo del Instituto.
c.
Impulsar
proyectos de desarrollo de Sistemas de Información Geográfica (SIG), que se
realizan a través de los estudiantes de
la UTEQ.
d.
Elaborar,
publicar y promocionar la cartografía temática relacionada con el ambiente y
manejo del territorio como aporte a la investigación y educación ambiental.
e.
Promocionar
y desarrollar servicios de SIG para estudiantes, docentes, unidades de
la UTEQ
y comunidad en general.
f.
Promocionar
y capacitar a personas relacionadas con el manejo de territorio y medio
ambiente en aplicación de nuevas tecnologías.
g.
Formular,
diseñar, ejecutar, evaluar proyectos de desarrollo e investigación en manejo
del espacio y recursos naturales.
SECCION DE SOPORTE
TECNICO DE EQUIPOS DE COMPUTACIÓN
DE
SU OBJETIVO
Art. 29.
Dar soporte técnico, mantenimiento,
actualización y ensamblaje de equipos de computación de la universidad y los
que contrate con su entorno.
DE
SU CONFORMACION.
Art. 30.
Esta sección estará conformada por
un Coordinador, Asistentes de Mantenimiento Informático, Asistentes de
Computación y los que se requieran para el desarrollo de sus actividades.
DE SUS FUNCIONES
a.
Planificar
y Desarrollar el mantenimiento preventivo y correctivo de todos los equipos
informáticos de
la UTEQ
y los que contrate con su entorno.
b.
Llevar
un inventario con las características, números de serie y el buen funcionamiento de los equipos
informáticos de la institución.
c.
Atender
la solicitud de reparaciones que hiciera una dependencia de acuerdo a
prioridades.
d.
Emitir
el respectivo informe técnico dirigido al jefe de la dependencia que solicitó
el servicio.
e.
Desarrollar
los Estándares y Procedimientos de las actividades informáticas del Área.
f.
Certificar la calidad del equipo adquirido para el pago
respectivo.
SECCION DE
INCUBADORA DE EMPRESAS
DE SU OBJETIVO
Art. 31.
Apoyar el desarrollo de pequeñas
empresas de base tecnológica, reduciendo las barreras que enfrenta un grupo de
emprendedores en su esfuerzo por crear una empresa y mantenerla operando en
forma rentable, convirtiendo una idea de emprendimiento tecnológico en una
empresa consolidada, respondiendo así con el necesario proceso de innovación.
DE
SU CONFORMACION.
Art. 32.
Esta sección estará conformada por
un Coordinador, Asesores y los que se requieran para el desarrollo de sus
actividades.
DE SUS FUNCIONES
a.
Desarrollará
los Estándares y Procedimientos de las actividades informáticas de su sección
de acuerdo con el Plan de Desarrollo Informático de la universidad y Plan
Operativo del Instituto.
b.
Seleccionar
el talento humano experimentado que apoye al equipo de personas emprendedoras
en la creación de una empresa basada en una idea de negocio innovadora y con
factibilidad de éxito en el mercado.
c.
Elaborar
proyectos empresariales con fines de autofinanciamiento.
d.
Gestionar
los recursos necesarios que permitan financiar el desarrollo de las empresas.
e.
Gestionar
el espacio físico para el establecimiento de
la Incubadora
f.
Ofrecer
asesoría especializada en temas técnicos y del ámbito de los negocios, espacio
físico e infraestructura tecnológica y de gestión para facilitar el acceso a
capital de riesgo a aquellos proyectos con mérito tecnológico y potencial de
negocio
CAPÍTULO VII
DEL PERSONAL
DEL DIRECTOR
Art. 33.
El Director es la primera autoridad
ejecutiva del Instituto de Informática y su representante legal, judicial y
extrajudicial preside el Comité Técnico Informático, le corresponde cumplir y
hacer cumplir este reglamento y resoluciones del H. Consejo Universitario y
Consejo Informático.
Art. 34.
Será nombrado por el Honorable
Consejo Universitario, de la terna que presente el Rector. Su nombramiento
tiene una duración de 5 años y puede ser redesignado.
Art. 35.
No podrá desempeñar otro cargo
público, a excepción de
la Docencia
Universitaria.
Art. 36.
Para Ser Director del Instituto de
Informática se requiere:
a.
Ser
ecuatoriano y residente en la ciudad de Quevedo, provincia de los Ríos.
b.
Estar
en goce de los derechos de ciudadanía
c.
Poseer título profesional universitario o
politécnico en el área de Informática o afines y tener título académico de
cuarto nivel en informática o áreas afines.
d.
Ser Docente Principal de la institución.
e.
Tener experiencia en administración y
gestión en áreas de la informática y telecomunicaciones o áreas afines.
SON
DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR
a.
Planear,
normar, organizar, dirigir, apoyar, supervisar y evaluar, en coordinación con
las secciones del Instituto y/o las diferentes dependencias académicas y administrativas,
las actividades de cómputo y telecomunicaciones de
la Universidad.
b.
Dirigir
y administrar
la
Dirección
del Instituto de Informática bajo condiciones de Dedicación Exclusiva y
las actividades que le asigne el Consejo Informático y HCU.
c.
Dirigir
la elaboración del Plan de Desarrollo Estratégico Informático (PDEI) de
la UTEQ
, basado en el Plan de
Desarrollo Estratégico institucional.
d.
Presentar
ante el Consejo Informático el Plan de Desarrollo Estratégico Informático
(PDEI) para su aprobación.
e.
Presentar
ante el Consejo Informático el Plan Operativo anual Informático (POI), para su
aprobación.
f.
Organizar,
dirigir y monitorear la ejecución del
POI y PDEI.
g.
Establecer
un sistema de mejoramiento continuo de la calidad en los productos, servicios y
personal.
h.
Coordinar,
proporcionar, supervisar y ofrecer los servicios, diseño e instalación de
sistemas automatizados que requieren las dependencias universitarias y el
entorno.
i.
Asesorar
a las Autoridades de
la
Universidad
en materia de Informática, telecomunicaciones y
redes.
j.
Elaborar,
promover, supervisar y evaluar programas de capacitación y actualización del
personal técnico, administrativo y de servicio.
k.
Coordinar
la adquisición, manejo y conservación de equipos de cómputo y paquetes
informáticos.
l.
Establecer
estándares y procedimientos relacionados con la elaboración de productos y
servicios informáticos en todos sus aspectos y vigilar su cumplimiento.
m.
Acordar
con autoridades académicas, administrativas y de servicios de
la Universidad
sobre lo
relacionado con los asuntos y necesidades de informática y telecomunicaciones, para brindar su apoyo
correspondiente.
n.
Difundir
a los usuarios, los servicios que brinda el Instituto, reglamentos y demás
ordenamientos para su uso.
o.
Coordinar
y supervisar la elaboración y actualización del inventario de equipos de
cómputo de
la
Universidad.
p.
Informar
al Comité Técnico Informático sobre acuerdos, lineamientos y políticas que se
establezcan en el Consejo Informático para optimizar los servicios de los mismos.
q.
Establecer
y fomentar fuentes alternativas de financiamiento.
r.
Entregar
información permanente de las actividades del Instituto y elaborar la
estadística necesaria para propósitos de planeación institucional y su difusión
y cumplir con
la Ley
de Transparencia de
la
Información.
s.
Supervisar
las actividades del personal que integran el Instituto.
t.
Cumplir
y hacer cumplir las disposiciones reglamentarias que establezcan los órganos
competentes de
la
Universidad.
u.
Presentar
por escrito al Consejo Informático el Informe Anual de Actividades.
v.
Realizar
todas aquellas actividades relacionadas directamente con el campo informático
que sean necesarias para el debido cumplimiento de sus funciones y demás que le
confieran los ordenamientos jurídicos de
la Universidad.
w.
Establecer
y mantener comunicación con dependencias de otras instituciones relacionadas
con las áreas de cómputo y telecomunicaciones a fin de intercambiar información
y experiencias.
x.
Cumplir
y hacer cumplir las leyes y Reglamentos, Estatuto y procedimientos establecidos
en
la Ley
de
Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público.
y.
Presentar
al Consejo Informático, las ternas para la designación de los Coordinadores e
Sección; y, solicitar la provisión de cargos conforme a la ley, a la máxima
autoridad.
DE
LA ASISTENTE
DE
DIRECCIÓN
Art. 37.
La Asistente
de Dirección será designada por
la Autoridad
Nominadora
,
a petición del Director del Instituto de Informática.
Art. 38.
Para ser Asistente de Dirección del
Instituto se requiere:
a.
Ser ecuatoriana
y poder cumplir con horarios y jornadas establecidas.
b.
Estar en goce de
los derechos de ciudadanía.
c.
Poseer título
universitario o politécnico de tercer Nivel en Computación, Secretariado
Ejecutivo o afines.
d.
Tener
experiencia en atención al cliente o en áreas de su competencia.
CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA
Art. 39.
Debe poseer conocimientos y
experiencia en las siguientes áreas:
a.
Conocimiento
teórico - práctico en Relaciones Humanas para funcionar eficientemente como
persona y como profesional en el contexto social.
b.
Preparación
teórica - práctica en asignaturas del área contable técnico-administrativa.
c.
Conocimiento de
organización, administración.
d.
Dominio de Mecanografía, Taquigrafía,
Contabilidad, Redacción Comercial, Ortografía,
Prácticas de Oficina, Informática.
SON DEBERES Y ATRIBUCIONES DE
LA ASISTENTE DE
DIRECCIÓN
a.
Administrar,
distribuir y archivar la documentación interna y externa del Instituto.
b.
Laborar
en forma coordinadas con las Secciones del Instituto para la ejecución de los
programas en forma armónica, procurando la mejor agilidad y despacho de los
asuntos de su competencia.
c.
Notificar
con la debida anticipación la convocatoria ordenada por el Director del
Instituto a sesiones ordinaria y extraordinaria. A estas convocatorias se
adjuntara los temas a ser tratados.
d.
Asistir
a las Sesiones del Comité Técnico, sentar las actas
e.
Cuidar
del oportuno trámite de los asuntos que deba conocer el Director y el Comité
Técnico.
f.
Realizar
informes que disponga el Director
g.
Tramitar
oportunamente toda la documentación tanto interna como externa.
h.
Formar
un protocolo encuadernado y sellado, con su respectivo índice numérico, de los
actos decisorios del Comité Técnico, de cada año.
i.
Receptar,
clasificar, numerar, sumillar, controlar y despachar documentos y demás
correspondencia del Instituto.
j.
Atender
al público y concertar entrevistas con el Director.
k.
Proporcionar
a los Coordinadores de Sección, los materiales y documentos para fines de
consulta que soliciten para el cumplimiento de sus actividades.
l.
Mantener
actualizados los siguientes libros:
a.
Libro
de Actas de las sesiones del Comité Técnico;
b.
El
inventario de los bienes de
la Secretaría.
m.
Llevar control de los ingresos y
egresos del Instituto
n.
Control
de materiales y suministros de oficina
o.
Cumplir
con las demás funciones que el Director le Asigne.
DEL CONTADOR
Art. 40.
El contador será designado por
la Autoridad
Nominadora
,
a petición del Director del Instituto de Informática.
Art. 41.
Para ser Contador del Instituto se
requiere:
a.
Ser ecuatoriano
y poder cumplir con horarios y jornadas establecidas.
b.
Estar en goce de
los derechos de ciudadanía.
c.
Poseer título
universitario o politécnico de tercer Nivel en Contaduría Publica o afines.
d.
Tener
experiencia en atención al cliente o en áreas de su competencia.
CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA
Art. 42.
Debe poseer conocimientos y
experiencia en las siguientes áreas:
a.
Conocer las
normas y disposiciones aplicables en su actuación con adecuados criterios
científicos y técnicos.
b.
Conocer como
diseñar sistemas de información registral para la gestión.
c.
Conocer como
diseñar sistemas de información para la
toma de decisiones.
d.
Conocer como
diseñar e implementar Sistemas de Control Operativo y de Gestión.
e.
Conocer como
preparar y suscribir dictámenes sobre estados contables.
f.
Conocer las
normas, métodos y procedimientos para auditar en forma interna y externa a
organizaciones públicas y privadas.
g.
Conocer las
técnicas para la elaboración de presupuestos y estados proyectados.
h.
Está capacitado
para diagnosticar sobre la situación patrimonial, económica y financiera.
i.
Conoce como
confeccionar informes especiales
SON DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL
CONTADOR
a.
Llevar los
libros y registros contables del Instituto de Informática, efectuar arqueos de
caja, y en general fiscalizar el movimiento patrimonial de la entidad.
b.
Asistir a las
reuniones del Consejo Informático con voz pero sin voto cuando lo estimen
conveniente, a cuyos efectos se les enviará copia de la citación.
c.
Dictaminar sobre
la Memoria
,
Inventario, Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos elevados por el
Consejo Informático al HCU.
d.
Coordinará de
manera directa con el área financiera de
la Institución
para efectos de control interno, auditoria, fiscalización, etc.
e.
Cumplirá las
labores de asesor en materia contable respondiendo directamente ante el
Director del Instituto.
f.
Otros que fueran
asignados
DE LOS
COORDINADORES DE SECCION
Art. 43.
Las coordinaciones de sección serán
designados por el Consejo Informático de una terna propuesta por el Director
del Instituto, esta designación será ratificada por el H.C.U. Durarán dos años
en sus funciones, pudiendo ser reelegidos. Su puesto es de libre remoción.
SON DEBERES Y
ATRIBUCIONES DE LOS COORDINADORES DE SECCIÓN
a.
Planear,
normar, organizar, dirigir, apoyar, supervisar y evaluar, en coordinación con
sus técnicos, las actividades de su sección de competencia en el Instituto.
b.
Dirigir
y administrar la sección bajo condiciones de tiempo completo y las actividades
que le asigne el Comité técnico.
c.
Presentar
por escrito al Comité Técnico Informático (CTI) el Plan Operativo Informático
(POI) anual de su sección basado en el Plan de Desarrollo Estratégico
Informático (PDEI).
d.
Organizar,
dirigir y monitorear la ejecución del POI correspondiente a su sección sobre
las bases que demanda el PDEI.
e.
Establecer
un sistema de mejoramiento continuo de la calidad en los servicios.
f.
Asesorar
al Director del Instituto de Informática en materia de su área de competencia.
g.
Instaurar,
promover, supervisar y evaluar programas de capacitación y actualización del
personal a su cargo.
h.
Coordinar
la adquisición, manejo y conservación de equipos de cómputo y paquetes
informáticos de interés a su sección.
i.
Establecer
estándares y procedimientos relacionados con su sección en todos sus aspectos y
vigilar su cumplimiento.
j.
Difundir
a los usuarios, los servicios que brinda cada sección del instituto,
reglamentos y demás ordenamientos para su uso.
k.
Coordinar
y supervisar la elaboración y actualización de los recursos relacionados a cada
una de las secciones de su interés.
l.
Informar
al Comité Técnico Informático sobre acuerdos, lineamientos y políticas que se
establezcan en su sección para optimizar los servicios de los mismos.
m.
Coordinar
de manera permanente con las instancias correspondientes para el óptimo
desempeño de sus funciones.
n.
Dirigir
y supervisar las actividades del personal que integran su sección.
o.
Cumplir
y hacer cumplir las disposiciones reglamentarias que establezcan los órganos
competentes del Instituto y de
la Universidad.
p.
Presentar
al Comité Técnico los planes de contingencia a adoptar en su sección en
momentos críticos.
q.
Presentar
por escrito al Comité Técnico el Informe Anual de Actividades.
r.
Presentar
por escrito al Director del Instituto avances de las actividades programadas de
acuerdo a periodos preestablecidos.
s.
Establecer
y mantener comunicación con dependencias de otras instituciones relacionadas
con cada sección a fin de intercambiar información y experiencias.
t.
Cumplir
y hacer cumplir las leyes y Reglamentos, Estatuto y procedimientos establecidos
en
la Ley
de
Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público.
DEL COORDINADOR DE
LA SECCION DESARROLLO
DE SISTEMAS
Art. 44.
Para ser Coordinador de esta Sección
se requiere:
a.
Ser ecuatoriano
y poder cumplir con horarios y jornadas establecidas.
b.
Estar en goce de
los derechos de ciudadanía.
c.
Poseer título
profesional universitario o politécnico de tercer Nivel o superior en Ing.
Sistemas, Ing. En Computación o afines.
d.
Tener
experiencia en administración y gestión en áreas de su competencia.
CONOCIMIENTOS Y
EXPERIENCIA
Art. 45.
Debe poseer conocimientos y
experiencia en las siguientes áreas:
a.
Diseño
de Redes LAN y WAN
b.
Coordinación
y dirección de proyectos de desarrollo de sistemas
c.
Reingeniería
y racionalización de procesos.
a.
Ingeniería
de Software
b.
Planificación
de recursos y de ciclos de vida de sistemas.
c.
Investigación
orientada al desarrollo de sistemas.
d.
Análisis
y diseño de sistemas.
e.
Programación
procedural, orientados a objetos y orientada a eventos.
f.
Técnicas
de detección y corrección de errores.
d.
Configuración
básica de redes de ordenadores.
e.
Planificación
Estratégica Informática.
f.
Auditoria
Informática.
g.
Mantenimiento
básico de hardware y software.
h.
Sistemas
expertos.
i.
Seguridades
Informáticas.
j.
Haber
desarrollado al menos 2 sistemas con plataformas modernas del siguiente tipo:
a.
Sistemas
operativos de cliente y servidor
b.
Herramientas
de análisis y diseño
c.
Lenguajes
de programación visuales y procedurales.
d.
Herramientas
de Bases de datos (DBMS)
e.
Paquetes
utilitarios
f.
Sistemas
Operativos de Red (Linux, Windows, otros)
g.
Diseño
de Cableado Estructurado
h.
Configuración
y Administración de dispositivos de comunicación
i.
Configuración
y Administración de Servidores (mail, web, radius... etc)
j.
Seguridades
k.
Gestión
de proyectos
SON DEBERES Y
ATRIBUCIONES DEL COORDINADOR DE
LA SECCION DE
DESARROLLO DE SISTEMAS
a.
Planificar
el ciclo de vida de los sistemas informáticos.
b.
Gestionar
la adquisición de los recursos contemplados en la planificación.
c.
Establecer
medidas de control.
d.
Supervisar
el cumplimiento de los cronogramas de trabajo.
e.
Administrar
y coordinar la administración de los sistemas de información de
la UTEQ.
f.
Coordinar
las relaciones entre los usuarios finales y los miembros del equipo de
desarrollo de sistemas.
g.
Evaluar
la calidad de los sistemas desarrollados y el software que se adquiera,
confrontándolo con el PEI.
h.
Actualizar
permanentemente los estándares de desarrollo de sistemas.
i.
Emitir
informes periódicos de las tareas realizadas por el equipo.
j.
Coordinar
las pasantías de los estudiantes universitarios en el Departamento de
Desarrollo de Sistemas.
k.
Planificar
la capacitación permanente de los miembros del equipo.
l.
Realizar
las actividades de Ingeniero de Sistemas
m.
Las
demás actividades que le asignare el jefe inmediato o autoridades superiores.
n.
Cumplir
con la planificación, seguimiento y evaluación del POA anual.
DEL INGENIERO DE
SISTEMAS
Art. 46.
El Ingeniero de Sistemas será
designado del ganador del un concurso de merecimientos y oposición.
Art. 47.
Para ser Ingeniero de Sistemas se
requiere como mínimo:
a.
Ser ecuatoriano
y poder cumplir con horarios y jornadas establecidas.
b.
Estar en goce de
los derechos de ciudadanía.
c.
Poseer título
universitario o politécnico de Ingeniero en Sistemas, Computación o afines.
d.
El Ing. De
Sistemas será el encargado de desarrollar software o Sistemas de Información
programadas conjuntamente con el Coordinador de
la Sección.
CONOCIMIENTOS Y
EXPERIENCIA
Art. 48.
Debe poseer conocimientos en las
siguientes áreas:
a.
Reingeniería y
racionalización de procesos.
b.
Ingeniería de
Software
c.
Planificación de
recursos y de ciclos de vida de sistemas.
d.
Investigación
orientada al desarrollo de sistemas.
e.
Análisis y
diseño de sistemas.
f.
Programación
procedural, orientados a objetos y orientada a eventos.
g.
Técnicas de
detección y corrección de errores.
h.
Configuración
básica de redes de ordenadores.
i.
Planificación
Estratégica Informática.
j.
Auditoria
Informática.
k.
Mantenimiento
básico de hardware y software.
l.
Sistemas
expertos.
m.
Seguridades
Informáticas.
Art. 49.
Debe poseer experiencia desarrollado
al menos 2 sistemas con plataformas modernas del siguiente tipo:
a.
Sistemas
operativos de cliente y servidor
b.
Herramientas de
análisis y diseño
c.
Lenguajes de
programación visuales y procedurales.
d.
Herramientas de
Bases de datos (DBMS)
e.
Paquetes
utilitarios
SON DEBERES Y
ATRIBUCIONES DEL INGENIERO DE SISTEMAS
a.
Recolectar
y documentar todos los formatos de documentos e información de los procesos,
como paso previo a la automatización de los departamentos o áreas de
la UTEQ.
b.
Asesorar
la reingeniería de los procesos institucionales que sean inconsistentes en su
forma a fin de optimizarlos antes de automatizarlos.
c.
Asesorar
la racionalización de los procesos que utilicen un inadecuado volumen recursos
(tiempo, costos, materiales, humanos y tecnológicos), a fin de replantearlos
con medidas de racionalización.
d.
Desarrollar
sistemas de Información Operativos, Gerenciales, de apoyo a decisiones, y otros
que se requieran, aplicando las técnicas de Ingeniería de Software estandarizadas.
e.
Configurar
redes de ordenadores.
f.
Integrar
automáticamente la información existente en los nuevos sistemas que se elaboren
g.
Dar
asesoría en Planificación Estratégica Informática para permitir a la
institución obtener ventajas estratégicas en el aspecto computacional.
h.
Realizar
Auditoria Informática a los sistemas de la institución
i.
Dar
mantenimiento básico de hardware y software.
j.
Desarrollar
sistemas expertos
k.
Aplicar
técnicas de seguridad informática para salvaguardar los datos que procesan los
sistemas de información.
l.
Asesorar
la adquisición de sistemas informáticos
m.
Dar
soporte a usuarios
n.
Las
demás actividades que le asignare el jefe inmediato o autoridades superiores.
DEL COORDINADOR DE
LA SECCION DE
DISEÑO
GRAFICO Y MULTIMEDIA
Art. 50.
Para ser Coordinador de
la Sección Diseño
Grafico y Multimedia se requiere:
a.
Ser ecuatoriano
y poder cumplir con horarios y jornadas establecidas.
b.
Estar en goce de
los derechos de ciudadanía.
c.
Poseer título
universitario o politécnico de tercer nivel en Sistemas, Computación o afines.
d.
Será el
encargado de desarrollar proyectos relacionados con la sección.
CONOCIMIENTOS Y
EXPERIENCIA
Art. 51.
Debe poseer conocimientos y
experiencia en las siguientes áreas:
a.
Planeamiento
y revisión de procesos administrativos
b.
Relaciones
Humanas
c.
Plataforma
de trabajo que soporten aplicaciones multimedia
d.
Manejo
de Software de última generación
a.
Gráfico,
b.
Multimedia,
c.
Desarrollo
web,
d.
Lenguajes
de programación
e.
Técnicas
de estructuración gráfica
f.
Técnicas
para retoque fotográfico y edición de imágenes
g.
Técnicas
de publicidad en Internet e imagen corporativa
h.
Diseño
de base de datos
i.
Técnicas
de seguridades informáticas
j.
Diseño
y estructuración de aplicaciones en Internet y Multimedios
k.
Diseño,
estructuración y administración de sitios web
l.
Creación
y edición de gráficas para formatos web
m.
Optimización
de procesos para navegación y descarga en sitios web.
SON DEBERES Y
ATRIBUCIONES DEL COORDINADOR DE DISEÑO GRAFICO Y MULTIMEDIA
a.
Trabajar
con proyectos orientados a los sectores agropecuarios, ordenamiento
territorial, ambiental con aplicaciones de sistemas de información geográfica e
investigación informática.
b.
Elaborar
los cronogramas de trabajo y determinar la asignación de tareas a los
integrantes de la sección.
c.
Transferir
conocimiento y técnicas al grupo de trabajo bajo su supervisión.
d.
Supervisar
los diseños, desarrollo y administración del sitio web de
la UTEQ
(www.uteq.edu.ec) y de quienes lo
requieran.
e.
Planificar
y cooperar en los trabajos de diseño gráfico usados para publicidad de
la UTEQ
y de quienes lo
requieran.
f.
Supervisar
los diseños de aplicaciones multimedia
g.
Cooperar
en el mantenimiento básico de hardware y software.
h.
Supervisar
la aplicación de técnicas de seguridad informática para resguardar los datos
que se alojan en el servidor web.
i.
Las
demás actividades que le asignare el jefe inmediato o autoridades superiores.
j.
Cumplir
con la planificación, seguimiento y evaluación del POA anual.
DEL PROGRAMADOR
DISEÑADOR
Art. 52.
Para ser Programador Diseñador se requiere:
a.
Ser ecuatoriano
y poder cumplir con horarios y jornadas establecidas.
b.
Estar en goce de
los derechos de ciudadanía.
c.
Poseer título
universitario o politécnico de tercer nivel en Sistemas, Computación o afines.
CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA
Art. 53.
Debe poseer conocimientos y experiencia en las siguientes áreas:
a.
Plataformas
de trabajo que soporten aplicaciones multimedia
b.
Manejo
de Software de última generación:
a.
Gráfico,
b.
Multimedia,
c.
Desarrollo
Web,
d.
Lenguajes
de programación
c.
Técnicas
de estructuración gráfica
d.
Técnicas
para retoque fotográfico y edición de imágenes
e.
Técnicas
de publicidad en Internet e imagen corporativa
f.
Técnicas
de estructuración y diseño de base de datos
g.
Técnicas
de seguridades informáticas
h.
Diseño
y estructuración de aplicaciones en Internet y Multimedios
i.
Diseño,
estructuración y administración de sitios web
j.
Creación
y editado de gráficas para formatos web
k.
Optimización
de procesos para navegación y descarga en sitios WEB.
l.
Mantenimiento
básico de hardware y software
SON DEBERES Y
ATRIBUCIONES DEL PROGRAMADOR DISEÑADOR
a.
Diseñar,
desarrollar y administrar sitios WEB
b.
Desarrollar
diseños gráficos para publicidad de
la
UTEQ
y de quienes lo requieran como: identidad corporativa,
imagen de marca, logotipos, empaques (etiquetas, cajas, carpetas, etc.),
papelería corporativa y administrativa (certificados, tarjetas, invitaciones),
diseño editorial (catálogos, folletos, manuales, reportes, libros, etc.),
credenciales de identificación, material promocional, etc.
c.
Desarrollar
aplicaciones multimedia
d.
Dar
mantenimiento básico de hardware y software.
e.
Aplicar
técnicas de seguridad informática para resguardar los datos que se alojan en el
servidor web.
f.
Las
demás actividades que le asignare el jefe inmediato y autoridades superiores.
DEL DISEÑADOR
GRAFICO
Art. 54.
Para ser Diseñador Grafico se requiere como mínimo:
a.
Ser ecuatoriano
y poder cumplir con horarios y jornadas establecidas.
b.
Estar en goce de
los derechos de ciudadanía.
c.
Poseer título
universitario o politécnico de Tecnólogo en Marketing, en Diseño Gráfico o
afines.
CONOCIMIENTOS Y
EXPERIENCIA
Art. 55.
Debe poseer conocimientos y experiencias en las siguientes áreas:
a.
Plataforma
de trabajo que soporten aplicaciones multimedia
b.
Manejo
de Software de última generación:
i.
Gráfico,
ii.
Multimedia,
iii.
Técnicas
de estructuración gráfica
c.
Técnicas
para retoque fotográfico y edición de imágenes
d.
Técnicas
de publicidad en Internet e imagen corporativa
e.
Diseño
y estructuración de aplicaciones multimedia
f.
Creación
y editado de gráficas para formatos Web
SON DEBERES Y
ATRIBUCIONES DEL DISEÑADOR GRAFICO
a.
Desarrollar
diseños gráficos para publicidad de
la
UTEQ
y de quienes lo requieran como: identidad corporativa,
imagen de marca, logotipos, empaques (etiquetas, cajas, carpetas, etc.),
papelería corporativa y administrativa (certificados, tarjetas, invitaciones),
diseño editorial (catálogos, folletos, manuales, reportes, libros, etc.),
credenciales de identificación, material promocional, etc.
b.
Desarrollar
aplicaciones multimedia
c.
Desarrollar
diseños para páginas Web.
d.
Las
demás actividades que le asignare el jefe inmediato y autoridades superiores.
DEL COORDINADOR DE REDES Y COMUNICACIONES.
Art. 56.
Para ser coordinador de esta Sección
se requiere:
a.
Ser ecuatoriano
y poder cumplir con horarios y jornadas establecidas.
b.
Estar en goce de
los derechos de ciudadanía.
c.
Poseer título
profesional universitario o politécnico de tercer Nivel en Ing. Sistemas, Ing.
Electrónica, Ing. Redes y Comunicaciones, Ing. Telecomunicaciones o afines.
d.
Tener
experiencia en administración y gestión en áreas de su competencia.
CONOCIMIENTOS Y
EXPERIENCIA
Art. 57.
Debe poseer conocimientos y
experiencia en las siguientes áreas:
a.
Diseño
de Redes LAN y WAN
b.
Sistemas
Operativos de Red (Linux, Windows, otros)
c.
Diseño
de Cableado Estructurado
d.
Configuración
y Administración de dispositivos de comunicación
e.
Configuración
y Administración de Servidores (mail, web, radius... etc)
f.
Seguridades
g.
Gestión
de proyectos
SON DEBERES Y
ATRIBUCIONES DEL COORDINADOR DE
LA SECCION DE
REDES Y COMUNICACIONES
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